PLANES DE EMERGENCIAS
PLANES CON AFECCIÓN DIRECTA EN BORMUJOS
PLANES CON AFECCIÓN DIRECTA EN BORMUJOS
Los Planes Territoriales de Emergencia de ámbito local, comunmente denominados Planes de Emergencia Municipal (PEM).
Constituyen la respuesta de la Administración Local para una mejor protección de la vida y bienes dentro de su ámbito territorial en el desarrollo de sus responsabilidades y competencias.
Se elaboran siguiendo los criterios establecidos en el PTEAnd, y se integran en el propio esquema operativo del PTEAnd.
Para su aplicación, los PEM deberán ser previamente aprobados y homologados, correspondiendo su aprobación a las corporaciones locales y su homologación a la Comisión de Protección Civil de Andalucía.
Es responsabilidad de las corporaciones locales la elaboración y aprobación de su propio Plan, para aquellas emergencias que no superen la territorialidad local, y sean susceptibles de ser controladas exclusivamente por los Servicios Operativos locales, pudiendo contar con la aportación puntual de medios y recursos adscritos de otros ámbitos territoriales superiores.
El Plan de Autoprotección aborda la identificación y evaluación de los riesgos, las acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, así como las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia.
También puede definirse como un estudio completo desde el punto de vista de la seguridad, de las instalaciones, incluyendo las actividades, instalaciones de prevención y protección, así como la organización de los recursos humanos y materiales y donde se pone por escrito las actuaciones que los ocupantes de un edificio, deben llevar a cabo en el momento en que surja una situación de emergencia.
En el Plan de Autoprotección, pueden diferenciarse dos partes: